miércoles, 15 de diciembre de 2010
jueves, 25 de noviembre de 2010
miércoles, 17 de noviembre de 2010
martes, 16 de noviembre de 2010
miércoles, 10 de noviembre de 2010
viernes, 17 de septiembre de 2010
jueves, 16 de septiembre de 2010
miércoles, 15 de septiembre de 2010
lunes, 6 de septiembre de 2010
jueves, 2 de septiembre de 2010
- Que no sean de látex.
- Que sean de colores que no puedan confundirse con ningún alimento.
- Lavar y secar bien las manos antes de usar los guantes y retirar anillos y relojes que puedan romperlos.
- Cambiar de guantes cada vez que se cambie de actividad.
- Los guantes desechables se lavarán por ambas caras después de uso y se dejarán secar del revés.
viernes, 27 de agosto de 2010
miércoles, 25 de agosto de 2010
viernes, 13 de agosto de 2010
jueves, 29 de julio de 2010
viernes, 23 de julio de 2010
jueves, 22 de julio de 2010
viernes, 16 de julio de 2010
martes, 13 de julio de 2010
martes, 6 de julio de 2010
jueves, 24 de junio de 2010
miércoles, 23 de junio de 2010
- Mojar las manos y los antebrazos con agua caliente para abrir los poros.
- Enjabonar desde el codo hasta las uñas con jabón líquido, mejor si es germicida, frotando las manos entre sí meticulosamente.
- Cepillar las uñas.
- Aclararlas bien con agua fría para cerrar los poros, cuidando de que no queden restos de detergente.
- Secarlas con una toalla de papel desechable o con aire.
martes, 22 de junio de 2010
viernes, 18 de junio de 2010
- Denominación de venta del producto, que incluirá su estado físico cuando pueda inducir a confusión.
- Lista de ingredientes.
- Grado alcohólico en bebidas con graduación superior a 1,2 %.
- Cantidad neta.
- Fecha de consumo preferente o, en su caso, fecha de caducidad.
- Condiciones especiales de conservación.
- Modo de empleo, en caso necesario.
- Nombre, razón social o la denominación del fabricante o el envasador o de un vendedor de la UE y, en todos los casos, su domicilio.
- Lote al que pertenece el producto.
- Lugar de origen o procedencia, según el caso.
miércoles, 16 de junio de 2010
martes, 15 de junio de 2010
lunes, 7 de junio de 2010
viernes, 4 de junio de 2010
jueves, 3 de junio de 2010
miércoles, 2 de junio de 2010
lunes, 31 de mayo de 2010
viernes, 28 de mayo de 2010
viernes, 21 de mayo de 2010
jueves, 20 de mayo de 2010
miércoles, 19 de mayo de 2010
lunes, 17 de mayo de 2010
a) detectar cualquier peligro que deba evitarse, eliminarse o reducirse a niveles aceptables;
b) detectar los puntos de control crítico en la fase o fases en las que el control sea esencial para evitar o eliminar un peligro o reducirlo a niveles aceptables;
c) establecer, en los puntos de control crítico, límites críticos que diferencien la aceptabilidad de la inaceptabilidad para la prevención, eliminación o reducción de los peligros detectados;
d) establecer y aplicar procedimientos de vigilancia efectivos en los puntos de control crítico;
e) establecer medidas correctivas cuando la vigilancia indique que un punto de control crítico no está controlado;
f) establecer procedimientos, que se aplicarán regularmente, para verificar que las medidas contempladas en las letras a) a e) son eficaces; y
g) elaborar documentos y registros en función de la naturaleza y el tamaño de la empresa alimentaria para demostrar la aplicación efectiva de las medidas contempladas en las letras a) a f).
Cuando se introduzca alguna modificación en el producto, el proceso o en cualquiera de sus fases, los operadores de empresa alimentaria revisarán el procedimiento e introducirán en él los cambios necesarios.