martes, 22 de junio de 2010

Los productos cuya fecha de caducidad se ha alcanzado no deben consumirse, ya que su ingesta podría causar problemas sanitarios. Por su parte, la fecha de consumo preferente nos indica que el producto, una vez rebasada tal fecha, ha perdido parte de sus características y no ofrece toda su calidad al consumidor, pero no ofrece ningún riesgo para la salud. Tanto una como otra nos indican la vida útil del alimento, es decir, la fecha tope de comercialización del producto alimenticio.

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