La información obligatoria del etiquetado que debe acompañar a los productos alimenticios viene regulada por la Norma General de Etiquetado, Presentación y Publicidad de los Productos Alimenticios y es, salvo otras indicaciones específicas, la siguiente:
- Denominación de venta del producto, que incluirá su estado físico cuando pueda inducir a confusión.
- Lista de ingredientes.
- Grado alcohólico en bebidas con graduación superior a 1,2 %.
- Cantidad neta.
- Fecha de consumo preferente o, en su caso, fecha de caducidad.
- Condiciones especiales de conservación.
- Modo de empleo, en caso necesario.
- Nombre, razón social o la denominación del fabricante o el envasador o de un vendedor de la UE y, en todos los casos, su domicilio.
- Lote al que pertenece el producto.
- Lugar de origen o procedencia, según el caso.
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